Publicado en Web de REPROLAM: 26/10/2020
Noticia del Sitio del: IRPA (http://www.irpa.net)
La ICRP produjo un documento sobre la base ética de la práctica de protección radiológica, que llevó al Consejo Ejecutivo del IRPA a revisar el Código de Ética de la IRPA.El objetivo principal de ese trabajo fue dilucidar los fundamentos éticos del sistema de protección radiológica tal como está hoy. El sistema es, fundamentalmente, una guía para la conducta humana en el campo de la protección radiológica, y por lo tanto, intencionalmente o no, explícita o implícitamente, debe tener una base ética.
Se buscaron un conjunto de valores: pertinentes al sistema de protección radiológica, compartidos de la manera más amplia posible, y que deberían ser capaces de resistir la prueba de ser aplicados a problemas actuales y previsibles, con resultados razonables. En general, se convino que un pequeño conjunto de valores es mejor que uno grande; y siempre que el conjunto esté completo, no es necesario que sea redundante.
El resultado preliminar es un conjunto de valores éticos centrales:
Beneficencia y no maleficencia – Hacer el bien y evitar hacer daño.
Prudencia – Reconocer y seguir el curso de acción más sensato, especialmente frente a la incertidumbre, y evitar el riesgo injustificado.
Justicia – El compartir en forma justa los beneficios y los riesgos.
Dignidad – Tratar a las personas con respeto incondicional y preservar su capacidad para deliberar, decidir y actuar sin restricciones.
El enfoque de este trabajo de la ICRP es determinar explícitamente los valores éticos insertos en el sistema de protección ensimismo. El código de ética de la RPA,aunque claramente afectado por la guía de la ICRP, es un conjunto de «ética profesional» y por lo tanto tiene un enfoque diferente pero complementario, es decir, son directrices generales para profesionales de protección radiológica a seguir en la práctica de la profesión.
Estas directrices comprenden:
1. | Los miembros ejercerán sus habilidades y juicios profesionales de la mejor manera posible y llevarán a cabo sus responsabilidades con integridad. |
2. | Los miembros no permitirán que los conflictos de intereses, las presiones administrativas o el posible interés propio comprometan su juicio y consejo profesional. En particular, los miembros no comprometerán el bienestar y la seguridad pública a favor del interés del empleador. |
3. | Los miembros no realizarán ningún trabajo o asesoramiento que sea contrario al bienestar público o a la ley. |
4. | Los miembros protegerán la confidencialidad de la información obtenida durante el desempeño de sus funciones profesionales, siempre que dicha protección no sea en sí misma no ética o ilegal. |
5. | Los miembros se asegurarán de que las relaciones con las partes interesadas, otros profesionales y el público en general se basan y refleja los más altos estándares de integridad, profesionalismo y justicia. |
6. | Los miembros deberían estar satisfechos en cuanto a la extensión y el contenido de las funciones profesionales requeridas en cualquier circunstancia particular, especialmente aquellas que involucran la seguridad del público. Los miembros no deberían asumir obligaciones profesionales para las cuales no están calificados, o no se creen competentes para llevar a cabo. |
7. | Los miembros deberían tomar todas las medidas razonables para asegurar que las personas que realizan trabajos bajo su supervisión o dirección son competentes, y no están sometidas a una presión indebida por la carga de trabajo u otras causas. |
8. | Los miembros deberían esforzarse por mejorar sus propios conocimientos, habilidades y competencias profesionales. |
9. | Los informes, declaraciones, publicaciones o consejos profesionales elaborados por los miembros deberían basarse en los principios de la protección radiológica y en la ciencia, ser precisos según su leal saber y entenderse en forma apropiada. |
10. | Los miembros deberían, siempre que sea posible y apropiado, corregirlas declaraciones engañosas, sensacionalistas e injustificadas de otros sobre la radiación y la protección radiológica. |
11. | Los miembros deberían aprovechar las oportunidades para aumentar la comprensión pública de la protección radiológica y de los fines y objetivos de la IRPA y de su propia Sociedad. |